La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja presentado por el Gobierno nacional y dejó firme la orden judicial que obliga al Poder Ejecutivo a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario, incluyendo la actualización salarial para docentes y no docentes y la recomposición de programas estudiantiles.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, en el marco de la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras entidades contra el Estado nacional por el Decreto 759/25.
Con esta resolución, el Gobierno deberá cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, que establecen mecanismos de actualización de partidas destinadas al sistema universitario. El fallo también rechazó un pedido de excusación planteado en el expediente y remitió a lo resuelto previamente por el máximo tribunal el 4 de junio de 2026 en un incidente de recusación vinculado a la misma causa.
En sus fundamentos, la Corte sostuvo que el recurso extraordinario cuya denegación parcial dio origen a la queja no cumplía con uno de los requisitos esenciales para su tratamiento, ya que no estaba dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable, tal como exige el artículo 14 de la Ley 48.
Además de desestimar la presentación, el tribunal intimó al Poder Ejecutivo a efectuar el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago había sido diferido conforme a la Acordada 47/91.
La queja había sido impulsada por el Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, en su condición de parte demandada. El expediente se originó en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 y posteriormente fue revisado por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
La resolución judicial se conoce pocas semanas después de que el Gobierno y representantes universitarios firmaran, el 10 de junio, un acuerdo que contempló un incremento del 24,33% en la masa salarial, una suba del 20% en los gastos de funcionamiento y una ampliación de las partidas destinadas a hospitales universitarios hasta alcanzar los 50.000 millones de pesos.
Sin embargo, los rectores que suscribieron ese convenio habían aclarado que el acuerdo no implicaba renunciar a los aumentos previstos por la Ley de Financiamiento Universitario, cuyos montos resultan superiores a los reconocidos en el acta y que ahora quedaron respaldados por la decisión de la Corte Suprema.

