El Gobierno de Santa Fe dispuso que, entre el 1° de noviembre y el 31 de diciembre inclusive, se aplicará el período de veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado y del surubí atigrado o rollizo.
Durante ese lapso estará prohibida la captura, el acopio, el transporte y la comercialización de ejemplares de ambas especies en todo el territorio provincial.
Además, continúan vigentes las restricciones permanentes para otras especies características de los ecosistemas acuáticos. En el caso del dorado, su pesca solo está permitida bajo la modalidad deportiva con devolución obligatoria, conforme a lo establecido por la Ley N.º 12.722. En tanto, la captura del pacú y del manguruyú permanece prohibida tanto en su modalidad comercial como deportiva, según la Resolución N.º 162/05.
El cumplimiento de la veda resulta esencial para proteger el ciclo reproductivo de las especies, conservar la biodiversidad, sostener la actividad pesquera y mantener el equilibrio de los ecosistemas.
El Ministerio de Ambiente y Cambio Climático provincial reiteró la importancia de respetar la normativa vigente para garantizar la preservación de las especies nativas y promover un uso responsable de los recursos naturales. Con esta medida, el Gobierno santafesino reafirma su compromiso con la sostenibilidad ambiental e insta a la ciudadanía, especialmente a quienes participan de actividades vinculadas a la pesca, a colaborar en la protección de la biodiversidad de los ríos.

