El Concejo Municipal de Rosario aprobó una ordenanza que amplía la exención del pago de la Tasa General de Inmuebles (TGI) a aquellos jubilados que reciban hasta tres haberes mínimos y sean inquilinos. Para gozar de este beneficio deberán tramitarlo de manera online.
Uno de los promotores de esta ordenanza, el concejal justicialista Mariano Romero, explicó: “En Rosario los jubilados que alquilan y cobran menos de un millón de pesos pueden estar exentos de pagar la TGI”.
Si bien exención de la TGI para jubilados ya existía, “nosotros presentamos un proyecto para extender este beneficio a quienes reciban hasta tres haberes mínimos, teniendo en cuenta que las jubilaciones vienen golpeadas”. En el caso de los los propietarios de un inmueble, “está en dos haberes mínimos, tanto para jubilados como para pensionados”, detalló.
Para hacer efectiva esta exención, los jubilados y pensionados tendrán que presentar una solicitud a través de la página web de la Municipalidad. En relación a la documentación necesaria, además de los ingresos, se debe presentar una boleta de la TGI.
“Los inquilinos necesitarán el contrato de alquiler. A partir de la derogación de la Ley de Alquileres, muchos propietarios le trasladaron a los inquilinos impuestos que son propios del inmueble, como la TGI o el API”.
Pueden solicitar este beneficio:
• Los jubilados que sean propietarios y cobren hasta dos haberes mínimos ($698.598 al cierre de enero de 2026).
• Los jubilados que sean inquilinos y perciban hasta tres haberes mínimos ($1.047.897 al cierre de enero de 2026). .
Requisitos para solicitar la exención de la TGI:
• Que el inmueble donde habiten esté empadronado como “Finca” y sea destinado exclusivamente a vivienda familiar.
• Ser propietario o copropietario de única propiedad, usufructuario, inquilino o comodatario del inmueble y no poseer propiedad raíz alguna.
• Si el grupo familiar percibe otros ingresos, el total de ellos no deberá superar el tope mencionado. En caso de beneficios previsionales acordados “sin aportes”, debe computarse el importe neto de cobro hasta tanto el beneficiario cancele su deuda previsional.
¿Cómo realizar el trámite?
Según la página web de la Municipalidad, el trámite para solicitar el beneficio puede realizarse de forma virtual o presencial. En ambos casos será necesario tener a mano una boleta de la TGI.
Quienes hagan la solicitud de forma virtual deberán ingresar a la página web de la Municipalidad de Rosario y brindar el número de cuenta TGI y el Código de Gestión Personal. También puede iniciarse con la clave fiscal que se gestiona ante Arca.
Para hacer el trámite presencial habrá que sacar un turno mediante la webpara la Oficina de Finanzas. El proceso se lleva adelante en los centros municipales de distrito y, para realizarlo, se debe presentar la siguiente documentación:
• Formulario de exención de pago de TGI a jubilados y pensionados, completo.
Original y copia de:
• Carnet previsional.
• Recibo de TGI correspondiente al último período.
• Recibos de último período de haberes y complementos, si corresponde.
• DNI del jubilado con domicilio actualizado. En caso de no tener domicilio actualizado, realizar el trámite Declaración de domicilio.
• DNI de convivientes. En caso de haber alguna persona discapacitada o con problemas de salud presentar también certificado médico.
• Libreta de familia y certificado de defunción o declaratoria de herederos, si es cónyuge del titular del inmueble fallecido.
• Escritura si es propietario o usufructuario.
• Contrato de locación con sellado vigente, si es inquilino.
• Contrato de comodato con sellado vigente, si es comodatario.
• Acta de divorcio, división de bienes, denuncia policial, testimonial, documento de identidad del ex cónyuge con cambio de domicilio registrado, entre otros, en caso que el solicitante se encuentre divorciado o separado de hecho de su cónyuge y ambos sean los titulares del inmueble.
• En caso de presentarse un tercero, DNI y autorización especial y Certificado de supervivencia del jubilado/pensionado.

