El Gobierno nacional estableció un nuevo esquema para la atención sanitaria de extranjeros que no tengan residencia permanente en Argentina. Las emergencias seguirán siendo atendidas de manera obligatoria y sin demoras, mientras que las consultas, estudios y tratamientos programados deberán ser cubiertos por un seguro de salud o pagados previamente.
La medida fue formalizada este martes mediante una resolución del Ministerio de Salud y reglamenta los cambios introducidos por el DNU 366/2025 en la Ley de Migraciones. El nuevo procedimiento será aplicado en los establecimientos de salud administrados por el Estado nacional y establece cómo se recuperarán los costos de las prestaciones brindadas a personas extranjeras no residentes.
Cómo funcionará la atención médica para extranjeros no residentes
La nueva normativa establece una diferencia entre las situaciones de emergencia y las prestaciones que pueden ser programadas.
En el caso de las emergencias médicas, la atención continuará siendo inmediata y no podrá ser rechazada ni demorada por razones administrativas o migratorias. El criterio se aplicará cuando exista un riesgo real e inminente para la vida o para funciones vitales.
Entre los cuadros contemplados se encuentran infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias importantes, intoxicaciones agudas, quemaduras extensas y sepsis, además de determinadas emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.
Si al momento del ingreso existen dudas sobre la gravedad del cuadro, el paciente deberá ser atendido y será el profesional médico quien determine posteriormente si se trataba de una emergencia.
Una vez superada esa situación, las prestaciones que sean necesarias podrán ser facturadas al paciente o a su compañía aseguradora, según corresponda.
Seguro de salud o pago anticipado
Para las atenciones que no sean consideradas urgentes, los extranjeros no residentes deberán acreditar un seguro de salud válido que cubra la prestación requerida.
En esos casos, el hospital podrá facturar directamente a la compañía aseguradora. El establecimiento deberá comunicar el ingreso a la empresa dentro de las primeras 24 horas y luego presentar la documentación necesaria para recuperar el costo de la atención.
La normativa establece un plazo de 45 días corridos para que la aseguradora efectúe el pago.
Si el extranjero no cuenta con un seguro, deberá asumir el costo de la prestación antes de recibirla. El mecanismo comprende consultas médicas, estudios, intervenciones y otros servicios programados que no revistan carácter de emergencia.
Para determinar el importe, el hospital deberá utilizar el nomenclador vigente y cobrar al paciente el 100% del valor de la prestación antes de realizarla.
Qué pasa con los extranjeros que tienen residencia permanente
La reglamentación establece una diferencia entre los extranjeros no residentes y quienes cuentan con residencia permanente en Argentina.
Los residentes permanentes continuarán accediendo al sistema de salud nacional en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos, siempre que acrediten su situación migratoria mediante el DNI correspondiente.
Por lo tanto, el nuevo esquema de cobro está dirigido específicamente a extranjeros que se encuentran en el país sin residencia permanente y requieren prestaciones sanitarias que no sean consideradas emergencias.
Qué dice la nueva reglamentación sobre las emergencias
Uno de los principales puntos de la normativa es que ningún hospital podrá exigir un pago previo para atender una emergencia.
La prioridad será determinar y preservar el estado de salud del paciente. Incluso cuando inicialmente no esté claro si el cuadro reúne las condiciones para ser considerado una emergencia, la atención deberá comenzar hasta que el profesional pueda establecer el diagnóstico y el nivel de riesgo.
La diferencia se plantea después de la estabilización: las prestaciones posteriores que no sean urgentes podrán quedar sujetas al mecanismo de cobro establecido por la resolución.
El cambio surge del DNU 366/2025
La reglamentación es consecuencia de las modificaciones introducidas por el Gobierno de Javier Milei a la Ley de Migraciones mediante el DNU 366/2025.
El decreto abrió la posibilidad de establecer mecanismos específicos para recuperar los costos derivados de la atención sanitaria de extranjeros que no tengan residencia permanente.
La nueva resolución establece ahora un procedimiento común para los hospitales y establecimientos de salud que dependen del Estado nacional.
Una medida que vuelve a abrir el debate sobre la salud pública
El nuevo esquema se suma a medidas similares que algunas provincias y jurisdicciones habían comenzado a implementar en los últimos años, aunque con diferentes modalidades.
La decisión vuelve a instalar el debate sobre el acceso a la salud pública, el financiamiento del sistema sanitario y las diferencias entre residentes permanentes y extranjeros que permanecen temporalmente en el país.
En términos prácticos, el nuevo esquema establece una diferencia central: las emergencias seguirán siendo de atención obligatoria y no requerirán un pago previo, mientras que para consultas, estudios y tratamientos programados los extranjeros no residentes deberán presentar un seguro que cubra la prestación o abonarla por adelantado.