Por un acuerdo entre las cámaras empresarias y el gremio mercantil, la jornada tendrá los mismos alcances legales que un feriado nacional. Conocé cómo funcionarán los negocios de cercanía y qué derechos tienen los trabajadores.
Los comercios de Rosario permanecerán con las persianas bajas este lunes 28 de septiembre en conmemoración del Día del Empleado de Comercio. Aunque la fecha original es el sábado 26, el sector acordó trasladar el asueto para garantizar el descanso de los trabajadores.
La medida surge del entendimiento nacional entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las principales entidades empresarias del país, a la cual adhirió el sindicato mercantil a nivel local.
Qué pasa con los shoppings y grandes supermercados en Rosario
Tal como anticipó el gremio, el impacto del feriado se sentirá con fuerza en las grandes superficies comerciales de la ciudad:
- Supermercados y grandes cadenas: Permanecerán completamente cerrados durante toda la jornada.
- Shoppings y centros comerciales: Sin actividad en sus locales comerciales.
- Comercios menores y de barrio: La apertura quedará a criterio y organización de cada dueño.
Derechos laborales y pago doble: lo que tenés que saber
De acuerdo con la ley 26.541, esta jornada especial se rige bajo las mismas normas legales que un feriado nacional. Esto implica pautas claras tanto para los empleadores como para los empleados:
- Trabajadores que presten servicio: En los casos excepcionales donde el comercio decida abrir y el personal deba trabajar, la jornada deberá abonarse con un recargo del 100%.
- Descanso habitual: Quienes no asistan a trabajar percibirán su remuneración habitual sin ningún tipo de descuento.
- Incompatibilidad con francos: El Día del Empleado de Comercio no puede computarse como franco compensatorio del descanso semanal. Si el trabajador ya tenía asignado su franco para este lunes, deberá conservarlo y reasignarlo a otro día.
El origen de la celebración
La fecha conmemora la sanción de la ley 11.728 de convenciones colectivas de trabajo para el sector mercantil, promulgada en 1934. Si bien históricamente se celebraba cada 26 de septiembre, es habitual que el sector pacte modificaciones en el calendario para unificar el descanso en favor de los trabajadores del rubro.