El Concejo Municipal de Rosario dio luz verde a una ordenanza que regula la comercialización de bolsitas o sobres de nicotina de uso oral, al equiparar su venta con las condiciones vigentes para los productos derivados del tabaco.
La propuesta, presentada por la concejala Alicia Pino, apunta a establecer límites frente a un fenómeno en crecimiento que ya había generado preocupación en medios de comunicación y organismos sanitarios de todo el país.
Durante el debate en el recinto, Pino señaló que, ante el aumento en el consumo y la falta de una normativa específica, el Concejo decidió intervenir. En ese sentido, remarcó la necesidad de que el Estado actúe frente a consumos problemáticos.
Entre las principales disposiciones, la ordenanza determina que estos productos solo podrán venderse en locales habilitados para la comercialización de tabaco y prohíbe tanto la venta ambulante como la realizada en espacios no autorizados. También establece la prohibición de expendio a menores de 18 años, obligando a los comercios a verificar la edad de los compradores.
Asimismo, la exhibición, publicidad, promoción y cualquier tipo de incentivo comercial quedarán sujetas a las mismas reglas que rigen para los productos de tabaco a nivel nacional. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones previstas en la normativa municipal correspondiente.
La medida no implica una prohibición total de venta, pero sí exige que estos productos se ajusten a las restricciones fijadas por la Ley Nacional 26.687, que regula la publicidad, promoción y consumo del tabaco.
Por último, la concejala advirtió que se trata de un producto que suele presentarse con apariencia y sabores similares a los de una golosina, lo que puede resultar engañoso, y destacó que la regulación busca cubrir el vacío legal existente con un enfoque preventivo y sanitario.

